El Certificado de Suficiencia de Marinero de Primera de Máquinas de la Marina Mercante es el certificado de suficiencia expedido de acuerdo con la Regla III/5 del Convenio STCW y la Sección A-III/5 del Código de Formación, necesario para todo marinero de primera de máquinas que preste servicio en un buque mercante, según viene definido en el artículo 2 punto 10 del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, cuya máquina propulsora principal tenga una potencia igual o superior a 750kW.
Requisitos:
-Ser mayor de edad.
-Estar en posesión del certificado de formación básica en seguridad.
Duración del curso: 120 horas
Lugar: GALICIA
En ralación al período de embarque, será no inferior a 6 meses en buques mercantes cuya máquina propulsora principal tenga una potencia igual o superior a 750 kW, como marinero de máquinas.